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PLAN DE BECAS

domingo, 30 de mayo de 2010

La educación es uno de los profundos problemas que aquejan las comunidades de la ciudad de Medellín, producto de los altos índices de miseria de las familias. Las vivencias socioculturales de los padres y madres o encargados de la crianza de los jóvenes cuentan con un alto grado de desempleo y subempleo, esto sumado a la ausencia de políticas y programas efectivos para las familias imposibilitan el acceso al desarrollo socio-intelectual a la vida productiva y armónica del joven en su sociedad.

Reconociendo la familia, como escenario clave de socialización para los niños/as y jóvenes, pretendemos dirigir acciones de prevención y promoción de vivencias propias de la Noviolencia, cambiando la posibilidad de constituir actitudes violentas y agresivas, por acciones de cooperación, responsabilidad, solidaridad, respeto, humanidad, amor propio y por el otro.

Para culminar el análisis de la problemática, es necesario explicitar que la Fundación Mahatma Gandhi, cree profundamente que el acceso al derecho a una educación competitiva y con calidad de parte de jóvenes comprometidos con la sociedad, con su desarrollo y con sus dificultades económicas son la posibilidad real en construcción de escenarios de convivencia social, prosperidad colectiva y la vivencia de los principios de la Noviolencia, dejadas por el líder Mahatma Gandhi con su ejemplo de vida.

Las becas Universitarias aportadas por la fundación se convierten en un mensaje de vida para estos jóvenes, sus familias y la sociedad de paz que deseamos construir.



REQUISITOS PARA ASPIRAR A UNA BECA DE LA FUNDACIÓN



• Tener el cupo de ingreso a la universidad (pública preferiblemente) o estar cursando carrera universitaria que no pase del 5º semestre.
• Registrar un promedio académico por encima de 3,5 (tres con cinco) quienes están en la universidad; y un promedio académico escolar de sobresaliente y/o excelente aquellos que comenzarán estudios superiores.
• La carga académica debe ser completa y que corresponda al respectivo semestre. Por eso debe presentarse el pénsum académico de la carrera.
• Justificar la necesidad económica que dificulte el desarrollo de sus actividades académicas.
• Estar de acuerdo con el reglamento de becas de la Fundación
• Anexar los siguientes documentos:

1. Solicitud de becas de la Fundación debidamente diligenciada.
2. Fotocopia de la cédula.
3. Fotocopia del Sisbén o EPS.
4. Fotocopia de la última factura de pago de servicios públicos.
5. Fotocopia del certificado judicial.
6. Fotocopia de la matrícula universitaria.
7. Fotocopia horarios de clase, si ya cursa el semestre.
8. Fotocopia resultado de las notas, si está en semestre universitario, de lo contrario, de los últimos dos años de bachillerato.



PERFIL DEL ASPIRANTE A BECA



• Tener experiencia probada de su participación en actividades comunitarias.
• Demostrar capacidad de liderazgo y sentido de servicio social.
• Presentar actitudes de trabajo en equipo, comunicación asertiva, flexibilidad, autodesarrollo, creatividad, proactivo, capacidad de análisis, madurez.
• Estar motivado y sensibilizado frente a los temas de la noviolencia.



REGLAMENTO DE BECAS



Artículo 1º. Las becas se adjudicarán mediante la asignación de un puntaje de acuerdo con la situación socioeconómica del estudiante y su capacidad de liderazgo, rendimiento académico, sentido de servicio social y compromiso con la Fundación.

Para calcular este puntaje, se tomarán los datos de la documentación e información que solicita o reúna la Fundación , mediante documentos, visitas y entrevistas.

Parágrafo 1º. La asignación de los puntajes se hace con base en el Manual de Procedimientos de Selección que para ese fin tiene la Fundación.

Parágrafo 2º. El Comité de Selección y Evaluación es el responsable de la adjudicación de becas de acuerdo con el Manual de Procedimientos.

Artículo 2º. Una vez adjudicada la beca, el estudiante tendrá derecho a ella por los semestres siguientes sin tenerlo que solicitar nuevamente, siempre y cuando tenga buen rendimiento académico y cumpla con los compromisos adquiridos con la Fundación.

Parágrafo 1º. Los estudiantes actualizarán cada semestre la información presentada en su solicitud e informarán a la Fundación de cualquier cambio que se presente antes del período de actualización de datos.

Parágrafo 2º. La Fundación se reserva el derecho de reestudiar cualquier caso en el momento que lo considere necesario.

Artículo 3º. Los becarios tienen la obligación de asistir durante el primer año a los diez (10) talleres mensuales del programa Formación en Liderazgo y Noviolencia facilitado por la Fundación. De igual manera, en el segundo año deberá asistir a los cuatro (4) talleres de segundo nivel.

Parágrafo 1º. El becario no podrá faltar a más de dos (2) talleres en el año. Su inasistencia debe estar soportada en una justa causa y tendrá que realizar un trabajo supletorio.

Parágrafo 2º. Los casos excepcionales de mayor inasistencia serán estudiados por el Comité de Selección y Evaluación y el becario deberá asistir el año siguiente a dichos talleres.

Artículo 4º. A cada becario se le asignará un mentor con quien deberán realizar diez (10) reuniones en el primer año, una cada mes por lo menos. En ese sentido deberá presentar las evaluaciones y las planillas requeridas por la Fundación. En el segundo año tendrá por lo menos cuatro reuniones con su mentor.

Artículo 5º. Cada becario se compromete a presentar el primer año un proyecto social (preferiblemente en grupo) de beneficio comunitario relacionado con la noviolencia. Esta propuesta debe ejecutarse a partir del segundo año y durante el tiempo que continúe vinculado a la Fundación.

Artículo 6º. A partir del tercer año todos los becarios podrán asistir a los talleres de primer y segundo nivel, continuar con las mentorías y mantener los vínculos con la Fundación.

Artículo 7º. Todo becario se compromete a prestar a la Fundación un determinado número de horas de servicio mensuales, según las necesidades y los objetivos de la Fundación.

Artículo 8º. La insuficiencia o reticencia en el suministro de la información consignada en las entrevistas, visitas, formularios y anexos, anulan la solicitud. Si esta circunstancia se establece después de la adjudicación de la beca o posterior a uno o varios desembolsos la Fundación suspenderá el auxilio.

Parágrafo. La falsedad en la información o en los documentos será sancionada con la pérdida definitiva de los beneficios de la Fundación.

Artículo 9º. Según el rendimiento académico las becas se adjudicarán y se conservarán así:

• Para bachillerato: promedios de excelente o sobresaliente.
• Para instituciones de educación superior: se requiere cursar un mínimo de cinco (5) materias por semestre o por lo menos la carga académica completa correspondiente a dicho período académico (respaldado en la presentación del pénsum académico). El promedio de las notas definitivas de las materias cursadas será en todo caso mayor o igual a 3.5 (tres cinco). En cualquier caso todas las materias aprobadas.

Parágrafo. Se estudiarán los casos especiales que proponga el Comité de Seguimiento y Evaluación, a partir del cumplimiento de tareas dentro de la Fundación y por méritos académicos, deportivos, culturales y de trabajo comunitario que presente la institución educativa.

Artículo 10. Son causales para perder el derecho a la beca:

• Se cancele semestre o año académico.
• Se compruebe falsedad en la información.
• Aparezca algún indicador significativo en la planilla de autoevaluación del desempeño validada por el Comité de Seguimiento y Evaluación.
• Cuando se incumpla lo dispuesto en el artículo 9º.
• La inasistencia a un mínimo de dos (2) talleres sin justa causa.

Parágrafo. Salvo en los casos de comprobación de falsedad, el estudiante podrá solicitar de nuevo la beca y lo hará como si fuera la primera vez, siempre y cuando se haya resuelto la situación que motivó la suspensión.

Artículo 11º. El becario se compromete una vez le sea adjudicada la beca que cuando se gradúe y empiece a ejercer su profesión, otorgará y subsidiará con sus propios recursos dos (2) becas para dos (2) estudiantes, a través de la Fundación Mahatma Gandhi. De ello dejará constancia expresa en este documento y tendrá un plazo de cinco años para cumplirlo.
De esta manera el líder multiplicador con su sentido de servicio social y con los fundamentos de la filosofía de Gandhi sobre la noviolencia, contribuirá al desarrollo y cumplimiento fiel de la visión de la Fundación en pro del progreso y bienestar de los colombianos.








Cra. 52 No. 35-33 Tels: (57) (4) 385 1230 - 381 7986
Fax: 232 5818 Email: edugandhi@yahoo.com
Medellín - Colombía

2 comentarios:

Paola dijo...

estoy interesada en una beca para poder acceder al estudio universitario, por favor enviar mas informacion

Unknown dijo...

Una persona que vive en bello puede postularse ?

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